Por último, el despido puede ser declarado nulo únicamente por sentencia judicial o si así lo reconoce la Empresa -rara vez lo reconoce-. Este despido se produce cuando se ha vulnerado uno o más Derechos Fundamentales, conlleva la readmisión del trabajador/a en su puesto de trabajo y la percepción de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la sentencia o, hasta el reconocimiento por la Empresa, además puede dar lugar a una indemnización por daños y perjuicios, normalmente se atribuye por daños morales.